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Modifican la custodia de una menor en favor de su padre porque la madre entorpecía la relación

Por Redacción
18 de junio de 2015
en Hemeroteca

La Audiencia considera que la madre puso todo tipo de trabas a las visitas de la menor con su padre e incluso denunció abuso sexual del progenitor hacia la niña, diligencias que fueron archivadas
La Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado la modificación de la guarda y custodia de una menor a favor de su padre, retirándosela así a la madre que, según el tribunal, puso “todo tipo de trabas al desarrollo de las visitas de la menor con su padre”.En una sentencia, la Audiencia explica que la mujer llegó “incluso a provocar la incoación de diligencias penales por presunto delito de abuso sexual sobre la menor, que posteriormente han sido provisionalmente sobreseidas por no existir indicios suficientes de que se cometieran ninguno de los hechos en que se sustenta la denuncia”.A juicio del tribunal, “tales actuaciones revelan un insatisfactorio ejercicio de las funciones propias de la patria potestad” por parte de la madre.Y añade que “instrumentalizando la guarda y custodia que ejercía sobre la mejor y con evidente desvío del interés de ésta, que pasa por una relación estable y normalizada con ambos progenitores, pone continuas y persistentes trabas a la relación paterno-filial, lo que afecta al correcto desarrollo afectivo y emocional de la menor y aconseja el cambio de guarda y custodia”.De esta forma, la Audiencia confirma la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº1 de Torrelavega, que acordó modificar la guarda y custodia que en su día se dio a la madre.No reconoce la figura paternaEn la sentencia de instancia, el juez pone de relieve que, tal y como consta en el informe del psicólogo, la niña llega incluso a afirmar que “ella no tiene papá”, y habla de la figura paterna por el nombre de pila del progenitor, lo que el magistrado entiende como una muestra de que la menor “se acostumbra a desarrollarse sin uno de los progenitores llegando incluso a no reconocerlo como tal”.Además, subraya en su sentencia que la niña ha estado varios periodos sin acudir al colegio “sin justificación por parte de la madre”, quien además ha sido condenada por incumplimiento del régimen de visitas al negarse a entregar la menor al padre cuando le correspondía.Entiende el juez que “la madre, con la intención espuria de impedir al padre el ejercicio de su derecho de comunicación y visitas, le ha denunciado por un delito de abusos sexuales, denuncia que dio lugar a la incoación de diligencias penales y su posterior sobreseimiento”.“Todo ello revela una voluntad contumaz por parte de la madre de incumplir el régimen de comunicación y visitas establecido por el Juzgado a favor del padre”, señala la sentencia del magistrado de Torrelavega.Prohíbe a la mujer sacar a la niña del paísY añade: “Es una grave irresponsabilidad y una evidente muestra de desatención y desarreglo en el ejercicio de la patria potestad que quien ostenta la guardia y custodia obstaculice y dificulte el régimen de visitas impidiendo el contacto regular y normalizado entre el progenitor no custodio y su hijo, cuando más que induzca en este último el rechazo y desapego del primero”.Por todo ello y “como no existe ninguna seguridad de que la madre en el futuro vaya a cambiar su actitud”, el juez acuerda la modificación de la guarda y custodia en favor del padre, al tiempo que otorga a la madre un régimen de comunicación y visitas estándar, esto es, fines de semana alternos y la mitad de los periodos vacacionales.Finalmente, el magistrado fija una pensión de 250 euros que la madre deberá abonar mensualmente al padre para el sustento de la menor, y le prohíbe sacar del territorio nacional a la niña, así como que le expida el pasaporte.

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