Con una inversión estimada de 36,5 millones de euros y 19 aerogeneradores , en el entorno del puerto del Escudo el Gobierno cántabro ha publicado en el BOC de hoy la solicitud de información pública
Este parque eólico afecta a los municipios de San Miguel de Aguayo, Luena, Molledo y Campoo de Yuso, éste solo para el camino de acceso. Está delimitado prácticamente por el Puerto de la Magdalena, al este, y el Cotero de los Vallados, al oeste, e incluye los parajes de La Cruz, El Escudo, Peñas Gordas, Mediajo Frío, Piedra Lucía, Los Callejones, Los Castrucos y Mediajo La Serna.
El proyecto básico y estudio de impacto ambiental puede consultarse durante un periodo de 30 días en el Servicio de Ordenación de la Dirección General de Innovación e Industria, sito en el Parque Científico y Tecnológico (PCTCAN), o en la web del Gobierno de Cantabriawww.dgii.cantabria.es/web/direccion-general-industria/informacion1, y formular en su caso alegaciones.
La información pública, de conformidad con la nueva Ley Eólica de Cantabria, incluye tanto la solicitud de autorización administrativa como la declaración de impacto ambiental y la inscripción previa en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica
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Resolución por la que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa, la declaración de impacto ambiental e inscripción previa en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica del parque eólico El Escuchadero, expediente número EOL/1-2015. P.E. El Escuchadero.
De conformidad con lo establecido en el capítulo III de la vigente Ley 7/2013, de 25 de noviembre, por la que se regula el aprovechamiento eólico en la Comunidad Autónoma de Cantabria (Boletín Ofi cial de Cantabria de 5 de diciembre de 2013) y a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, «Boletín Ofi cial del Estado» de 27 de diciembre de 2000, que resulta de aplicación supletoria del Decreto de Cantabria 6/2003, de 16 de enero, por el que se regulan las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, Boletín Ofi cial de Cantabria de 29 de enero de 2003, así como en el artículo 21.2 de la Ley 24/2013, 54/97, de 27 de noviembre, «Boletín Ofi cial del Estado» de 27 de diciembre de 2013 y artículo 59 del Decreto 19/2010, de 18 de marzo, Boletín Ofi cial de Cantabria de 31 de marzo de 2010, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 17/2006, de 11 de diciembre de control ambiental integrado, se somete a información pública la solicitud de la autorización administrativa, la declaración de impacto ambiental y la inscripción previa en el registro administrativo de instalaciones de producción de energía eléctrica del parque eólico «El Escuchadero», excluyendo la subestación y la línea eléctrica de evacuación que conecta la ST Hoyo de los Vallados, Molledo, 30/220 kV, con la ST de Aguayo, objeto de otro procedimiento, cuya entidad peticionaria es Biocantaber, S. L., CIF: B09355835, domiciliada a efectos de notifi caciones en 39478 Boo de Piélagos, Barrio Rubó, s/n. Características principales del parque eólico, que incluye los aerogeneradores, caminos de acceso y de servicio, red interna de media tensión y ST. Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía cinética del viento, como recurso natural renovable, y transformarla en energía eléctrica.
Aerogeneradores: — Emplazamiento: El espacio afectado se encuentra, prácticamente delimitado por el Puerto de la Magdalena, al este, y el Cotero de los Vallados, al oeste, e incluye los parajes de La Cruz, El Escudo, Peñas Gordas, Mediajo Frío, Piedra Lucía, Los Callejones, Los Castrucos y Mediajo La Serna, ver plano anexo georeferenciado. — Número total: 19. — Potencia unitaria (MW): 2. — Potencia total (MW): 38. GOBIERNO de CANTABRIA BOLETÍN OFICIAL DE CANTABRIA i Pág. 18593 boc.cantabria.es MIÉRCOLES, 17 DE JUNIO DE 2015 – BOC NÚM. 114 2/3CVE-2015-8062 — Modelos, Gamesa: 14, G97; 3, G87-Clase especial y 2 G80, clase I tripalas de 97, 87 y 78 metros de diámetro de pala, respectivamente, de paso variable, generador asíncrono, sistema pitch de control de potencia y altura de buje 78 m. — Producción anual estimada (MWh): 98.881. — Inversión estimada (Meuros): 36,5. — Municipios afectados: San Miguel de Aguayo, Luena, Molledo y Campoo de Yuso, éste solo para el camino de acceso, ver plano anexo georeferenciado. Infraestructuras eléctricas de generación, transformación e interconexión: — Infraestructuras eléctricas: Diecinueve centros de transformación de 2100 kVA de potencia unitaria y relación de transformación 0,69/30 kV, instalados en la parte trasera de las nacelles, con su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección. — Líneas de media tensión subterráneas para evacuación de la energía producida a 30 kV, de interconexión entre los centros de recogida de media tensión y la ST Hoyo de los Valuados, Molledo, de nueva construcción, 30/220 kV, ver plano anexo géoreferenciado, integrada en el interior de un edifi cio. Lo que se hace público para conocimiento general, por un periodo de 30 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, al objeto de que pueda examinarse en la Dirección General de Innovación e Industria, Servicio de Ordenación, calle Albert Einstein, nº 2 (PCTCAN), 39011 Santander, el proyecto básico y estudio de impacto ambiental, documento este que puede consultarse en la pagina web del Gobierno de Cantabria: www.dgii. cantabria.es/web/direccion-general-industria/informacion1, y formular, en su caso, las alegaciones que estimen oportunas.


