El que fuera Consejero de Justicia de Cantabria, mintió en su testifical en un juicio defendiendo a su esposa, ya condenada. La pena tipificada oscila entre seis meses de cárcel y dos años. Una información de EL MUNDO CANTABRIA
EL MUNDO CANTABRIA/JESÚS LASTRA / SantanderVicente Mediavilla se enfrentará a un inminente proceso judicial por vía penal por un presunto delito de falso testimonio. La Audiencia Provincial de Cantabria acaba de hacer firme un fallo de enero del Juzgado de Instrucción nº 3 de Santander que solicitaba que se dedujera testimonio contra el que fuera consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno autonómico hasta 2011 por parte del PRC «por la posible comisión de un delito contra la Administración de Justicia» al entender que no se avino a la verdad en su comparecencia como testigo en un juicio por faltas.
La Audiencia da como hechos probados los sucesos acaecidos la tarde del 31 de marzo de 2013 en el aparcamiento de un establecimiento de comida rápida ubicado en Santander. Una mujer entró al área de estacionamiento a bordo de su vehículo y Mediavilla, que se encontraba en el local, se puso a hablar con la recién llegada a través de la ventanilla del conductor.
Según las sentencias, instantes después la mujer del exconsejero se dirigió a la puerta del conductor del citado turismo y, tras descalificar gravemente a su ocupante, «le dio una bofetada en la cara». Mediavilla cogió a la agresora para retirarla del lugar, mientras ésta agarró a la víctima de la camiseta y continuó insultándola. Horas más tarde el preboste regionalista acudió a visitar a la atacada a su domicilio.
Como consecuencia de la agresión, la mujer del vehículo, que ha actuado como parte demandante en el procedimiento, sufrió lesiones que tardaron en curar cuatro días, además de resultar rasgada su camiseta.m Por este episodio la esposa fue condenada a una multa de 202,72 euros como autora penalmente responsable de una falta de lesiones, términos que la Audiencia hace firmes tras rechazar el recurso de apelación de la demandada.
En el juicio celebrado en el Juzgado de Instrucción nº 3 de Santander la denunciante sostuvo que estaba hablando desde el coche con el exconsejero de Justicia, «con quien mantenía una mera relación de amistad», cuando la acompañante de éste la insultó y abofeteó, teniendo que intervenir Mediavilla para retirar a la acusada, «quien se agarró a ella, lo que hizo que le desgarrara la camiseta», mientras continuaba con los exabruptos.
Según el magistrado Fernando Vegas García, «tal declaración goza de verosimilitud, pues es persistente, clara, sin dudas ni ambigüedades ni contradicciones y viene corroborada por un dato de carácter objetivo, cual es el parte facultativo del día de los hechos, que constata la existencia de unos vestigios externos enteramente compatibles con el modo de desarrollarse la agresión relatada por la víctima».
Sentada esta premisa, el juez aún va más allá y apunta que «su versión es ratificada íntegramente y sin incurrir en contradicción en ninguno de sus detalles» por un testigo, quien afirmó que «no le une relación alguna con las partes; que sin embargo distinguió desde su vehículo, a unos seis metros, al señor Mediavilla; que vio como éste hablaba con la denunciante, quien permaneció en todo momento en el interior de un vehículo, a través de la ventanilla del conductor; que luego vio a la denunciada acercarse por detrás y meter la mano hacia el interior de la ventanilla; que entonces el señor Mediavilla se llevó a la denunciada, quien profería insultos y estaba fuera de sí».
Vegas García entiende, y así lo respalda posteriormente la Audiencia Provincial, que «la ausencia total de relación con las partes manifestada por dicho testigo y la ratificación de la versión de la denunciante sin incurrir en contradicción en ninguno de sus detalles, hace que sea creíble su declaración».
«Contraria a la verdad»Menos suerte tuvo el responsable regionalista en las conclusiones del juez, que colige que «no ocurre lo mismo con la versión del señor Mediavilla, en cuanto afirma «que se habló con la víctima desde la ventanilla del copiloto –en contraste total con denunciante y testigo– y niega haber presenciado insulto o bofetada alguna por parte de la acusada, lo cual tuvo que observar necesariamente dada su privilegiada posición. Es más, el hecho de tener que intervenir para llevarse a la denunciada refuerza la realidad de la previa reacción violenta de ésta […].
Por ello, se estima que la declaración testifical del señor Mediavilla es contraria a la verdad y debe deducirse testimonio por un posible delito contra la Administración de Justicia».Aún debe asignarse el Juzgado que llevará el procedimiento y dar traslado a la Fiscalía. Según recoge el Código Penal en su artículo 458, «el testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial, será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres a seis meses».
NO PODÍA SER FACILITADAEl pasado mes de mayo este periódico (EL MUNDO CANTABRIA), solicitó en reiteradas ocasiones la primera sentencia firmada por el Juzgado de Instrucción nº3 de Santander al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) siguiendo los cauces habituales en este tipo de peticiones. Sin embargo, surgieron diversas dificultades relativas a la localización del fallo.
Mientras fuentes internas del TSJC aseguraron que el contenido de la resolución estaba vetado incluso a los propios funcionarios, los portavoces oficiales de la institución negaron tal extremo. No obstante, al poco tiempo las mismas fuentes oficiales admitieron que la sentencia no podía ser facilitada.





