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Alertan de mala praxis de las entidades bancarias tras la exoneración de deudas

Por Redacción
7 de agosto de 2018
en Hemeroteca

La compañía ‘Repara tu Deuda’ declara que varias entidades bancarias se acogen al periodo de vigilancia para seguir reclamando deudas que ya han sido canceladas judicialmente
Repara tu Deuda, compañía pionera en la tramitación de expedientes de la Ley de la Segunda Oportunidad y empresa que más sentencias favorables ha obtenido desde que se aplica la Ley, alerta de la actitud de las entidades bancarias, en concreto La Caixa, una vez que el cliente ha conseguido mediante resolución judicial firme “la exoneración del pasivo insatisfecho”; eso es la cancelación de sus deudas.Una vez el cliente obtiene esa resolución, las deudas de carácter ordinario que tenía (incluidas las bancarias) quedan canceladas y por ello no son reclamables.Pues bien, las entidades bancarias escudándose en el argumento de que la concesión de dicha exoneración puede ser provisional y estar sometida a un periodo de vigilancia de 5 años (que solo quiere decir que durante 5 años cualquier acreedor-mediante un procedimiento judicial- podrá impugnar la cancelación de la deuda si existe algún motivo tasado para ello) bloquean las cuentas o retienen el importe de su deuda (que ya ha sido cancelada).La provisionalidad únicamente significa que hay un periodo de vigilancia durante 5 años- por si el concursado obtiene mayor fortuna o aparece algún motivo que haga que dicha cancelación pueda considerarse fraudulenta – pero no impide que la deuda, mientras no se demuestre lo contrario, esté cancelada y no sea reclamable.Por lo tanto, la actitud de la entidad bancaria de bloquear las cuentas o cobrarse sus créditos una vez dictado el BEPI (Beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho) es del todo irregular y crea una total indefensión en el concursado.Repara tu deuda ha informado de esta actitud al Banco de España con el fin de que se verifique y se den instrucciones al respecto. En los casos más graves se está optando por pedir auxilio al Juzgado que dictó el BEPI con el fin de que requiera a la entidad bancaria para que cese en su actitud, del todo reprobable y contraria a la ley.Este artículo está escrito por Elvira Castañón, directora letrada de Repara tu deuda.
Repara Tu DeudaRepara Tu Deuda (www.reparatudeuda.es) es la primera reparadora de crédito española que se dedica exclusivamente a la aplicación de la Ley de la Segunda Oportunidad. Sus servicios incluyen, además de la tramitación ante los juzgados para alcanzar planes de pago extrajudicial entre las partes, la solicitud de la exoneración del pasivo insatisfecho delante del juez y la canalización de las llamadas telefónicas que reciben a diario estos deudores por parte de las entidades bancarias o empresas delegadas en la gestión de la morosidad.

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