Para USO, la situación actual de auténtico desamparo de cientos de trabajadores es responsabilidad del Consejo de Administración de Sniace con su presidente Blas Mezquita de manera destacada.
Los cuatro integrantes del comité de empresa de Sniace en representación del sindicato USO, han solicitado ante el Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Madrid,que el concurso de Sniace, Celltech y Viscocel sea calificado como culpable y que se inhabilite a los miembros del consejo de administración de la compañía que ejercieron sus funciones durante los dos años anteriores a la presentación de la petición del concurso, según afirma el sindicato en su página web.Para USO, la situación actual de auténtico desamparo de cientos de trabajadores es responsabilidad del Consejo de Administración de Sniace con su presidente Blas Mezquita de manera destacada. La gestión de la empresa ha sido un despropósito que ha desembocado en un desmesurado endeudamiento, cierre de las plantas y el despido de su plantilla.El pasado día 16 de octubre concluyó el plazo de la fase concursal donde los trabajadores-acreedores podían exigir responsabilidades a quienes les han llevado a perder su empleo en un primer momento, a consumir su prestación por desempleo después y a dejar en la exclusión social a centenares de ellos sin tener opción a cobrar siquiera las indemnizaciones por despido.USO ha contratado los servicios de Abocan, un prestigio bufete de abogados, para personarse en esta fase del Concurso de Sniace para obtener las máximas posibilidades de éxito en este acto de defensa de los intereses de los trabajadores.El escrito de alegaciones presentado tiene por objeto efectuar una calificación de concurso culpable, al haberse producido una agravación de la insolvencia del grupo Sniace causada por los administradores, dolosa o con culpa grave, que ha acarreado un importante perjuicio para la masa, y especialmente para los trabajadores.La culpabilidad que se predica conllevará, de estimarse, además de la declaración en sí – con la trascendencia que la misma supone – la inhabilitación de los administradores que conforman el Consejo de Administración, así como la obligación de aquellos de responder de los daños y perjuicios irrogadosEl sindicato destaca que «esta personación es además un elemento de negociación y presión hacia el Consejo de Administración dado que los representantes sindicales carecen, hace ya mucho tiempo, de herramientas que les posibilite alguna capacidad negociadora en plano de igualdad».





