En cualquier caso, todavía restan muchas actuaciones procesales por llevar a cabo en el transcurso de la investigación antes de que se agoten los plazos establecidos para la instrucción del caso.
Entre las cuestiones que habían cobrado cierta relevancia en las últimas horas, la relación entre Triana y Raquel Gago vino a aclararse en cierta medida, por lo menos desde el prisma de la imputada. Le preguntó la juez que tipo de relación mantenían las dos mujeres y explicó la interrogada que se trataba de una relación «muy estrecha». Pero negó que fueran pareja.
La circunstancia cobra doble interés. Por una parte, para explicar los vínculos que existían entre las dos mujeres. Por otra, porque desde el punto de vista jurídico, de existir una convivencia justificada o una relación sentimental asumible, la calificación jurídica de los hechos podría cambiar, ya que la legislación permite a un miembro de una pareja no delatar a su congénere, sin necesidad de que exista un vínculo contractual o legal que lo justifique.
De igual modo, a efectos de posible juicio, los testigos no tienen tampoco obligación de decir verdad cuando en un plenario se les interroga en torno a personas con las que se asumen relaciones interpersonales de estas características. Y como quiera que el apartado de posible encubrimiento no se contempla, de momento no concurre este supuesto.
En cualquier caso, la fase de instrucción no exige una calificación jurídica definitiva de los hechos hasta que la jueza determine si procede emitir auto de apertura de juicio oral, tras lo cual entonces sí que las partes deberán de presentar sus escritos de calificaciones provisionales.
En cualquier caso, todavía restan muchas actuaciones procesales por llevar a cabo en el transcurso de la investigación antes de que se agoten los plazos establecidos para la instrucción del caso. Todo hace pensar que va a ser con no demasiado retraso, a tenor de los condicionantes que rigen.
A PRISIÓN
La jueza ha enviado a prisión a la agente de la policía local Raquel Gago, la tercera implicada por el crimen de Isabel Carrasco.
La agente de barrio ha estado declarando desde pasado el mediodía ante la jueza de Instrucción número 4 de León para esclarecer su implicación en el crimen de la presidenta de la Diputación, Isabel Carrasco. Gago, amiga íntima de Triana, llegó a los Juzgados en el coche policial que usa habitualmente el Intendente jefe de la Policía Local de León, Martín Muñoz, sentada en el asiento de atrás.
El coche entró en los Juzgados por la puerta trasera, a gran velocidad. En el interior de los Juzgados esperaba a la agente la magistrada que lleva el caso y que el miércoles de madrugada envió a prisión a las dos detenidas por el crimen, Monserrat González y su hija Triana Martínez
Raquel Gago se presentó en la Comisaría de Policía de León 30 horas después de la muerte violenta de Isabel Carrasco para entregar el arma del crimen. Su versión de cómo ha llegado el revólver a su poder tiene lagunas. Gago y Triana se encontraron en la calle minutos después del crimen de Carrasco. Por ese motivo Gago ha sido imputada por la policía aunque ha permanecido en libertad.
La declaración de Raquel Gago ante la jueza determinará su futuro procesal. De momento, ha sido expedientada y sancionada con dos meses de empleo y sueldo.
Raquel Gago es una agente de barrio con varios años en el cuerpo y una hoja de servicios impecable.
CARGOS DE HOMICIDIO
La jueza titular del juzgado de Instrucción número 4 de los de León, Sonia González, optó en su primera decisión como instructora del caso por contemplar la posible existencia de tres presuntos delitos de homicidio, atentado contra la autoridad y tenencia ilícita de armas que pesarían sobre Montserrat González y Triana Martínez, acusadas de la muerte violenta de la presidenta del PP y de la Diputación de León, Isabel Carrasco, abatida a tiros el pasado lunes.
Carrasco perdió la vida tras recibir varios disparos por la espalda cuando se dirigía a la sede del Partido Popular. Supuestamente la autora de los disparos fue la esposa del inspector jefe de la Comisaría de Policía de Astorga, que en el momento de los hechos estaba acompañada por su hija, una antigua trabajadora de la Diputación Provincial que había sido despedida.
Según informó el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la jueza tras escuchar las dos declaraciones y atendiendo a la petición del fiscal, acordó la prisión preventiva al darse las condiciones que obligan según la ley de Enjuiciamiento Criminal. Por la gravedad del delito «podrían ser condenadas al menos a un delito de homicidio penado con hasta 20 años de cárcel». A la vez, aconsejaron su ingreso en el Centro Penitenciario Provincial circunstancias como «el riesgo de fuga, y la posibilidad de sustraerse a la acción de la Justicia, por el alto numero de años de prisión que conlleva el posible delito cometido».
Contemplaba la jueza también «la posibilidad de que las sospechosas pudieran obstruir o interferir en la investigación de los hechos delictivos, al existir una tercera persona implicada en los hechos que en este momento está en libertad».
Tipo penal
De acuerdo al artículo 138 del Código Penal será castigado con la pena de prisión de entre diez y quince años «el que matare a otro», dentro del tipo penal en que se incardina el homicidio. De haber sido considerado asesinato, estaría incluido en el artículo 139 y castigado con penas de entre quince y veinte años, que se reservan para «el que matare a otro concurriendo las circunstancias de alevosía, precio, recompensa o promesa, ensañamiento, aumentando deliberada e inhumanamente el dolor del ofendido».
Cargo público
Respecto al supuesto de atentado, que también contempla la jueza, se recoge en el artículo 550. «Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas». Está castigado con penas de prisión que van desde los dos hasta los cuatro años.
En cuanto a la tenencia ilícita de armas (CP artículo 563) está castigada con penas de prisión de hasta tres años. La tenencia de armas de fuego reglamentadas, careciendo de las licencias o permisos necesarios, será castigada con cárcel de uno a dos años, si se trata de armas cortas (como sucede en este caso). No han trascendido demasiados datos referentes a la declaración en sede judicial de Montserrat, la madre, ni tampoco ha trascendido lo que ante la juez manifestó Triana, que empezó su comparecencia más tarde. Sólo que la comparecencia ante la instructora se inició a las 20.00 horas en el caso de la progenitora. Las preguntas se extendieron casi hasta las 00.00 horas y poco después de la medianoche inició su turno la hija, que estuvo hasta las 4.15 horas de la madrugada.
Secreto del sumario
La instrucción continúa a la espera de que se reciban los reveladores informes de la autopsia, las pruebas científicas y la toma de declaración a diversos testigos que se consideran relevantes para completar la instrucción.
La jueza no contempla por el momento la posibilidad de levantar el secreto del sumario, aunque sí ha trascendido que en el momento en que finalice la práctica de las pruebas principales, se adoptará esta determinación.
La jornada de ayer se dedicó en el juzgado de Instrucción número 4 de los de León a los numerosos juicios referentes a los apartados de violencia de género, en los que está especializado el órgano judicial al que por turno de guardia le correspondió el pasado lunes asumir la investigación del crimen.
No parece factible que durante la mañana de hoy se tome declaración a la agente de Policía Local que figura como tercera implicada en el caso y que tiene la condición de imputada policial. Se trata de una joven que tenía en su poder la pistola con la que se cometió el crimen y que ha ofrecido explicaciones no muy claras de cómo llegó a su poder el revólver. Desconocía la existencia del revólver, que según manifestó estaba en el maletero de su coche, dentro de un bolso que Triana le había entregado momentos después del crimen, aunque no concuerdan del todo los relatos sobre la forma en la que llegó el objeto a su poder. Sí está claro que no explicó a sus superiores que se había encontrado con la sospechosa del crimen y en cualquier caso, la Policía Local ha decidido expedientarla.
EXPEDIENTE ABIERTO
El Ayuntamiento de León ha decidido este jueves abrir un expediente disciplinario y suspender durante dos meses de empleo y sueldo a Raquel Gago Rodríguez, la policía municipal de 41 años imputada en el asesinato de la presidenta del PP provincial y de la Diputación de León, Isabel Carrasco. La agente, que declarará ante la titular del juzgado de instrucción número 4 de León en los próximos días, lleva 17 años trabajando en la policía municipal de la capital leonesa con un expediente de trabajo «intachable». Actualmente estaba destinada en la unidad de policía de barrio.
El concejal de Seguridad del Ayuntamiento de León decidió el miércoles abrir unas diligencias informativas contra la agente. Los responsables municipales decidieron ser cautelosos en un primer momento, después de que la agente quedara en libertad, y de que los investigadores dieran credibilidad a su relato.
Aun así, y ante las dudas que pesan sobre por qué no comunicó su encuentro con una de las detenidas minutos después del crimen, el ayuntamiento ha decidido actuar con contundencia, expedientarla y apartarla dos meses del servicio. La suspensión de empleo y sueldo es de dos meses «ampliables o reducibles», en función de cómo se vayan desarrollando los hechos.





