La Junta Electoral Central recalcó que Puigdemont no ha cumplido el requisito de acatamiento que establece el artículo 224.2 de la LOREG, por lo que su «escaño debe quedar vacante temporalmente hasta que se produzca ese acatamiento
LaJunta Electoral Central(JEC) ha respondido ante una petición delParlamento Europeoque el ex presidente catalánCarles Puigdemonty otros 3 eurodiputados huidos de la justicia por el ‘procés’, no tienen la condición plena de eurodiputados por no haber acatado la Constitución en el Congresoy ha determinado que deben regresar a España y hacerlo para poder recoger su acta.
Además, la JEC recalcó que Puigdemont no ha cumplido elrequisito de acatamientoque establece el artículo 224.2 de la LOREG,por lo que su «escaño debe quedar vacante temporalmentehasta que se produzca ese acatamiento, con la consiguiente suspensión de sus derechos y prerrogativas en los mismos términos». Y ha comunicado que este es el motivo por el que no se le ha expedido la credencial de diputado al Parlamento Europeo.
La JEC responde así a la presidenta del Parlamento Europeo,Roberta Metsola, que pidió a la Junta confirmar si Puigdemont,Toni Comín,Clara PonsatíyJordi Solé, están en la lista de los 59 cargos que fueron proclamados electos en las elecciones europeas de 2019.
Después de las elecciones europeas de 2019, la JEC reconoció que Puigdemont, Comín, Ponsatí y Solé fueron elegidos eurodiputados, pero no les incluyó en la lista que debe mandar a Bruselasdado que no acudieron al Congreso de los Diputados para jurar o prometer la Constitución española ante la Junta Electoral Central.
En el acuerdo adoptado este jueves, la Junta Electoral ha argumentado quela credencial de estos 4 eurodiputados electos «no se ha podido expedir» por la «voluntad explícita de los afectados» de «no cumplir» los requisitos de la legislación españolapara adquirir la condición plena de diputados.
Y agregó que, dado que debe «actuar con sometimiento pleno a la ley», no puede suplir la omisión «voluntaria» de estos requisitos.
Sin embargo, aclaró que serían los propios interesados quienes podrían solventar este contratiempo «acudiendo a cumplir el mismo requisito que han formalizado los otros cincuenta y cinco diputados electos por el Reino de España».
Por tanto, mientras esto siga así, la JEC considera que «su escaño debe quedar vacante» hasta que se produzca el acatamiento de la Constitución,con la «consiguiente suspensión de sus derechos y prerrogativas».
Además, la institución ha recalcado queelTribunal Supremo ha amparado su actuación cuando los independentistas afectados han impugnado sus decisiones, unas sentencias que Puigdemont y Ponsantí también han recurrido ante el Tribunal Constitucional, que aún no ha decidido al respecto.
Y en último lugar,la JEC recordó que el Parlamento Europeo había reconocido «de hecho» a Puigdemont y los otros 3 dirigentes independentistas como eurodiputados «sin oír a la Junta Electoral Central» y contra su criterio, pese a no tener competencias para resolver controversias del derecho nacional, comoreconoció una sentencia delTribunal General de la Unión Europeael pasado 6 de julio.