El tipo de interés de demora se ha establecido en el 3,75%. Estas cifras se usan como referencia en varios cálculos y conviene tenerlas en cuenta. En la banca en 2016 el interés máximo queda establecido en el 7,5% TAE.
El tipo deinterés legaldel dinero vigente para el año 2016 ha quedadofijado en el 3%,mientras queel tipo de interés de demora se ha fijado en el 3,75%.Estas dos cifras se usan como referencia en varios cálculos y conviene tenerlas en cuenta.
Elinterés legalse utiliza en estos supuestos:
Eltipo de interés de demoraes el que Hacienda cobra al contrubuyente si éste solicita elaplazamiento de una deuda tributaria o si recibe una paralelaen la que tiene que pagar una cuota superior a la que declaró en su día. También es el que se paga al contribuyente si, por ejemplo,ha pagado de más y solicita la devoluciónde lo que le corresponde o si no ha recibido la devolución del IRPF después del 31 de diciembre de cada año.
En cualquier caso,si Hacienda debe dinero,resultará mucho más fácilcalcular a cuánto ascienden los intereses de demora usando la calculadora de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).


