Ante las alegaciones el Juzgado ha acordado, como se le pedía por la defensa del alcalde, la inmediata suspensión de las declaraciones que venían acordadas para mañana día 9, a las 9:45 horas.
Ante las denuncias formuladas por los concejales de la oposición del Grupo Regionalista en el Ayuntamiento de Noja, una primera en el mes de junio del pasado año y otra a finales, que iniciaron su tramitación a principios de este año, a unas semanas de las elecciones municipales, el Juzgado de Instrucción de Santoña acordó requerir al alcalde Jesús Díaz, con carácter personal, emitir un informe sobre los hechos objeto de las mismas, sin informarle de sus derechos de defensa y vulnerando el principionemo tenetur se ipsum accusare, -nadie está obligado a declarar contra sí mismo-, pretendiendo que fuera el alcalde el que aportara las pruebas sobre la acusación, y no el denunciante.
Tal hecho motivó que tan pronto el alcalde conociera de su imputación solicitara la declaración de nulidad de todo lo actuado, lo que dio lugar a que el Juzgado en su Auto de 30 de marzo estimara que “puede comprometer la posición procesal del imputado y los derechos que por dicha condición le asisten”. Sin embargo, puesto que en dicha resolución el Juzgado no acordaba la nulidad radical solicitada por la defensa, ésta formuló recurso de apelación en el que nuevamente se hace constar que “no solamente ha comprometido la posición procesal de D. Jesús Díaz Gómez sino que ha contaminado el resto de la causa”.
Ante tales alegaciones el Juzgado ha acordado, como se le pedía por la defensa del alcalde, la inmediata suspensión de las declaraciones que venían acordadas para mañana día 9, a las 9:45 horas, por el evidente temor de que quedaran “contaminadas” como el resto de la causa.
Jesús Díaz ha manifestado su satisfacción porque fueran finalmente reconocidas sus alegaciones si bien ha mostrado su pesar por no poder contestar todas y cada una de las falsedades denunciadas por la oposición.
Así, ha recordado que cuando se le ha imputado omisión en el cierre de un local de hostelería el Juzgado ha reconocido que se ha agotado la ejecución de la Sentencia, archivando el procedimiento, y que en los demás temas denunciados se podrá aclarar la inexistencia de delito puesto que algunas de las deficiencias denunciadas por el Interventor estaban amparadas por acuerdos de Pleno municipal, en otros existen contratos o no se niega la existencia de trámites fundamentales como tres ofertas, etc.
La admisión del recurso de apelación implica que habrá de ser resuelto por la Audiencia Provincial de Cantabria, lo que hace prever que no se pronuncie hasta después del verano.




