Reclama a la PAH que no trate de engañar a los ciudadanos de Santander tergiversando la realidad al calificar como desahucio algo que está muy lejos de serlo, puesto que se trata de un proceso expropiatorio como tantos otros.
El Ayuntamiento de Santander considera que la acampada organizada por la PAH en la vivienda afectada por las obras de la conexión transversal de la S-20 es un acto de cara a los medios de comunicación para tratar de rentabilizar como un éxito de la plataforma algo que ya se sabe de antemano que no va a suceder el día 4 de agosto, como es el abandono voluntario del inmueble por parte de su propietaria.
A su juicio, la plataforma simplemente busca un hueco en los periódicos porque ya se conoce de antemano que su propietaria no va a desocupar la vivienda de forma voluntaria, al margen de que se haga acampada o no, por lo que el Ayuntamiento seguirá la tramitación que corresponde en este caso, como en el de cualquier otro proceso expropiatorio, dando traslado de la situación al órgano judicial competente.
El equipo de gobierno municipal reclama a la PAH que no trate de engañar a los ciudadanos de Santander tergiversando la realidad al calificar como desahucio algo que está muy lejos de serlo, puesto que se trata de un proceso expropiatorio como tantos otros que se han llevado a cabo en la ciudad, y que ha seguido todos los cauces legales y procedimientos administrativos, como así ha sido ratificado por el juzgado.
En este sentido, recuerda que el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santander ha rechazado la suspensión cautelar de la expropiación, en un auto judicial que “echa por tierra las falsedades que está vertiendo la plataforma”, dejando claro que se han hecho las notificaciones en tiempo y forma.
La resolución judicial acredita que se intentó notificar a la propietaria, “los días 2 y 3 de julio, en horas distintas”, de la resolución en la que se acordaba que los servicios técnicos municipales, junto con la empresa contratada, procederían a la ocupación material de la vivienda y los terrenos expropiados el 4 de agosto.
En ningún caso, se están vulnerando los derechos de la propietaria y remarcó que el Ayuntamiento defiende el interés general y los derechos de los vecinos de la ciudad, ejecutando una infraestructura que es estratégica desde el punto de vista de la movilidad.
Se trata de un proyecto estratégico en materia de movilidad sostenible, en el que se prevé una circulación de 5,5 millones de vehículos al año, que reducirá considerablemente los trayectos de viaje en la ciudad y conformará un nuevo itinerario peatonal y de bicicletas para atravesar la vaguada de Las Llamas.
El vial proyectado conectará las dos glorietas ya construidas y puestas en servicio; una en la intersección de la Avenida de los Castros con la calle Camilo Alonso Vega, y la otra en la S-20 a la altura de la calle Antonio de la Dehesa.
El auto judicial ratifica esta aspecto, al rechazar la suspensión cautelar de la expropiación por considerar que afectaría gravemente al interés general en dos aspectos, “de un lado el retraso que conllevaría la ejecución de una obra pública cuando no existe defecto alguno en las distintas fases del procedimiento expropiatorio, así como en los perjuicios económicos”.
Asimismo, el auto dictado por el magistrado del juzgado de lo Contencioso Administrativo ratifica que “la desaparición de la vivienda guarda relación de causalidad con las propias determinaciones del PGOU, que califica el vial en construcción como un sistema general municipal y prevé su obtención mediante expropiación”.
La propietaria conoce desde hace mucho tiempo que la vivienda estaba llamada a desaparecer y, al contrario de lo que defiende la PAH, sí que busca que se aumente la valoración de su propiedad, porque así lo ha dicho tanto públicamente como personalmente en el Ayuntamiento y así es el recurso que presentaron al jurado de expropiación, que ha sido desestimado por el jurado.
El Ayuntamiento no puede, en ningún caso, consignar otra indemnización que no sea la que ha fijado el jurado de expropiación.





