En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras y en la sede electrónica del Ayuntamiento
El plazo para abonar el impuestosobre bienes Inmueblesde naturaleza urbana, rústica y de características especiales(IBI)para el ejercicio 2019en período voluntariose abrirá este próximo lunes, 1 de abril, yfinalizará el5de junio, según hainformadola concejala de Economía yHacienda Ana González Pescador.
Los vecinos que no tengan domiciliado el recibo podrán realizar el pagoacudiendo con la carta de pago a lasentidades bancariascolaboradoras (Banco Santander,Liberbank, BBVA,CaixaBankyBankia)o realizar el pago por internet a través de la banca online disponible en las entidades colaboradoras.
Los ciudadanos pueden también realizar elpagodel IBI enla sede electrónicadel Ayuntamiento de Santander(https://sede.santander.es/oficina-tributaria), utilizando la información identificativa que el contribuyente encontrará en la carta de pago.
En caso de falta o extravío de la carta de pago, los santanderinos podránsolicitar un duplicado en la sede electrónica municipal, si disponen de certificado digital o DNI electrónico;en la oficina de Recaudación Municipal (calle Antonio López, 6),en horario de 08.30 a 14.00 horas; oen las oficinas de Gestión Tributaria de la Casa Consistorial (plaza del Ayuntamiento), de 08.30 a 13.30 horas.
Igualmente podrán realizar este trámiteenel Centro de Atención Telefónica (942 200 691)que funciona de lunes a viernes, en horario de 08.00 a 20.00 horas.
En este servicio de información telefónica los usuarios puedenrealizar consultas relacionadas con impuestos o tasas municipales,einformarse sobre recibos o pagos pendientes con la administración municipal.
Elperiodo voluntario de pago delIBIfinalizará el 5 de junioytranscurrido este plazo, las deudas serán exigidas por procedimiento de apremio y devengarán recargo, intereses dedemora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Para los vecinos que tienen domiciliados sus recibos,los cargos se realizarán automáticamente y sin necesidad de solicitud los días 5 de abril, 5 de junio y 5 de agosto, salvo renuncia expresa por escrito al pago fraccionado, en cuyo caso, se cargarán en un único plazoeldía5 de junio.
Para mayor comodidad, el Ayuntamiento recomienda domiciliar el pago de impuestos municipales y recuerda que también existela posibilidad de fraccionarlo sin intereses.
Ladomiciliaciónse puede solicitaren el Centro de Atención Telefónica, en la sede electrónica, en laoficina de Recaudación, en elpropio Ayuntamientoo en las entidades bancarias en el momento del pago.